El Pleno de la LXV Legislatura aprobó el dictamen, resultado de la iniciativa presentada el 17 de diciembre de 2019 por la diputada Ivonne Trujillo Ortiz, con el cual se reforma la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ampliando el concepto de violencia política por razón de género para reconocer que la padecen también las mujeres que ejercen un cargo de elección popular o en el desempeño de un cargo público, por su única condición de ser mujer.

Este dictamen, aprobado con 45 votos, señala en el artículo 13 ter que en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en los órdenes del gobierno estatal y municipal, así como en los organismos autónomos, todos los servidores públicos tienen la obligación de asegurar, en el ejercicio de sus funciones, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia política.

Por tanto, están obligados a abstenerse de: imponer por estereotipos de género, la realización de actividades y tareas ajenas a las funciones y atribuciones propias del cargo público que las mujeres ostenten o en cualquier ámbito de ejercicio de los derechos político-electorales o de asociación de las mujeres y asignar responsabilidades que tengan como resultado la limitación del ejercicio de sus tareas que obstaculicen o restrinjan el ejercicio de su encargo.

Además de restringir el uso de la palabra, en las sesiones u otras reuniones y su participación en comisiones, comités y otras instancias inherentes a su cargo, conforme a la reglamentación aplicable, e imponer a las mujeres sanciones injustificadas, impidiendo o restringiendo el ejercicio de sus derechos políticos.

También deberán abstenerse de divulgar o revelar información personal y privada, de las mujeres electas, designadas, que ocupen puestos administrativos o directivos, en el ejercicio de sus funciones político-públicas, con el objetivo de menoscabar su dignidad como seres humanos y utilizar la misma para obtener contra su voluntad la renuncia y/o licencia al cargo que ejercen o postulan; y presionar o inducir a las autoridades electas o designadas a presentar renuncia al cargo.

En las consideraciones del dictamen, la Comisión coincide con la autora, en el sentido que la violencia política en razón de género puede ser simbólica, económica, patrimonial, física, sexual y puede llegar al feminicidio político. Puede ser perpetrada por conocidos y/o por desconocidos, por hombres y también por mujeres; va dirigida contra precandidatas, candidatas, candidatas electas, e incluso políticas en ejercicio de su cargo; y no se limita al proceso electoral, la pueden padecer antes, durante y después de ejercer un cargo.

Tras ser aprobado por el Pleno, el diputado Rubén Ríos Uribe, presidente de la Mesa Directiva, instruyó remitir el presente decreto al Ejecutivo estatal para su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.