La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional
Electoral (INE) ordenó al Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador,
que durante las campañas electorales y hasta el día de la Jornada Electoral,
éste incluido, se abstenga de difundir logros de gobierno, incluyendo programas
sociales, obra pública y cualquier información que pueda incidir en las
preferencias electorales de la ciudadanía.

Esta tutela preventiva tiene su origen en las expresiones e
imágenes emitidas durante la conferencia mañanera del pasado 16 de abril. Ese
mismo día, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano
presentaron queja en contra del Presidente de la República por la presunta
difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido (campaña electoral),
así como la probable trasgresión al principio de imparcialidad y equidad en la
contienda electoral. Consideraron que el mandatario realizó expresiones que
constituyen propaganda gubernamental al exponer logros de su gobierno, como la
entrega de becas y apoyos sociales en tres entidades federativas. Por tanto,
los quejosos solicitaron tutela preventiva y ordenar al Titular del Poder
Ejecutivo abstenerse de utilizar los programas sociales que pudieran afectar el
proceso en curso.

Las expresiones denunciadas emitidas por el Presidente de la
República fueron: “Chiapas, Oaxaca y Guerrero, los tres estados con más
pobreza, con más población indígena son los que más apoyos están recibiendo; se
están dando becas, se está apoyando a los productores del campo, se están
entregando pensiones a adultos mayores, a niñas y niños con discapacidad nada
más en Guerrero se entregan fertilizantes gratuitos a todos los productores de
Guerrero a todos; beneficiarios un millón seiscientos setenta y tres, es
probable que casi todos los hogares de Chiapas estén recibiendo cuando menos un
apoyo, por eso el ciento veinticuatro porque hay quienes recibe dos, tres
porque si en un hogar hay más de dos adultos mayores pues son dos apoyos; nada
más de programas sociales o de bienestar que llegan de forma directa, aquí no
está lo de fertilizantes, aquí no está lo de la vacuna que se está aplicando
que es universal y que es gratuita”.

La Comisión estimó que, bajo la apariencia del buen derecho,
las manifestaciones aludidas, se consideran constitutivas de propaganda
gubernamental, con la exaltación de logros o acciones gubernamentales, además
de que tales declaraciones estuvieron acompañadas de la reproducción de
imágenes, particularmente una tabla que contenía datos sobre tres entidades
federativas en las que se señalaron cifras de las personas beneficiarias, aun y
cuando en las mismas se están llevando a cabo los procesos electorales federal
y locales.

El colegiado también reconoció que no se trató de
manifestaciones espontáneas, sino que, de un análisis preliminar, se advierte
que fueron preparadas para su emisión pública, pues contenían gráficas y datos
previamente obtenidos de una dependencia gubernamental, lo cual está prohibido
durante la etapa de campañas según lo dispuesto por el artículo 41
constitucional.

Por lo anterior, tomando en consideración que las
conferencias de prensa del Presidente de México se llevan a cabo de manera
regular, de lunes a viernes, y que no hay indicios de que serán suspendidas
durante esta etapa de campañas electorales, la Comisión advirtió la existencia
de un riesgo inminente de que vuelva a ocurrir tal conducta y se ponga en
riesgo los principios rectores del proceso electoral.

En consecuencia, se le ordenó al Presidente que, de
inmediato, en un plazo que no exceda de seis horas, elimine o modifique las
publicaciones que contienen la conferencia del 16 de abril de dos vínculos de
Facebook y uno de YouTube; así como a la Coordinación General de Comunicación
Social y Vocería del Gobierno de la República que en el mismo plazo elimine
dicho contenido de las redes sociales y plataformas oficiales del Presidente y
del Gobierno de México.

De igual forma, en tutela preventiva, se le ordenó al
Presidente que, durante las campañas electorales y hasta el día de la Jornada
Electoral, se abstenga de difundir logros de gobierno -incluyendo programas
sociales y las personas beneficiarias-, obra pública e incluso emitir cualquier
tipo de información que pueda incidir en las preferencias electorales de la
ciudadanía. Esa obligación de neutralidad del Presidente debe observarse
incluso cuando responda a preguntas en sus conferencias de prensa.

La Comisión consideró improcedentes otras tres medidas
cautelares

Por otra parte, se abordó el caso de Tania Berenice Garza
Soto en contra de los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral
de Coahuila por la presunta comisión de violencia política en razón de género
en su contra, durante el procedimiento de selección y designación del Comité
Municipal Electoral de Sabinas. Se estimó improcedente, pues de un análisis
preliminar, no se advierte en la decisión de ese órgano alguna causa
relacionada con su condición de género.

Además, la Comisión analizó una queja presentada por Morena
en la que denunció nueve promocionales pautados por el Partido Revolucionario
Institucional (PRI), por considerar que se hace uso indebido de la pauta,
existe calumnia y se vulnera el interés superior de la niñez. La Comisión
decidió no conceder la cautelar porque no existió vulneración al interés
superior de la niñez, ya que el PRI acreditó que las personas que aparecen son
mayores de edad. Otros dos spots ya concluyeron su difusión, por lo que se
trata de hechos consumados. Asimismo, la Comisión consideró que no se advierte
que se haga una imputación específica de hecho o delito falso a Morena, de
manera clara y sin ambigüedades.

Finalmente, la Comisión conoció de las medidas cautelares
solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN), en contra de Morena y de su
dirigente nacional por la difusión de un promocional de radio y televisión, por
considerar que se hace uso indebido de programas sociales para generar coacción
o presión al electorado. Se estimó la improcedencia de la solicitud, pues el
posicionamiento de Morena se realiza en el marco de la libertad de expresión,
sin que se advierta la existencia de manifestaciones que puedan catalogarse
como una amenaza directa e inmediata hacia el votante.

Los cuatro asuntos fueron aprobados por unanimidad de votos
de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro
Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.