Durante los trabajos de la Octava Sesión Ordinaria del primer periodo ordinario de sesiones, el Gobernador del Estado, Cuitláhuac García Jiménez, envió al Congreso local la iniciativa de Ley de Prevención, Atención y Asistencia de la Violencia Familiar para el Estado de Veracruz, la cual pretende unificar criterios y homologar actuaciones entre las instituciones y dependencias encargadas de velar por el bienestar familiar.
Conformado por nueve capítulos, el proyecto plantea crear un Sistema de Coordinación Interinstitucional Protector de las Personas Receptoras y en Riesgo de Violencia Familiar, denominado Sistema de Alerta Temprana de Violencia Familiar.
Esta ley garantizará el derecho de los integrantes de la familia para que estos no sean restringidos de ninguna forma. Para ello, se creará el Consejo Estatal Prevención, Atención y Asistencia de la Violencia Familiar, presidido por Ejecutivo Estatal, así como por los titulares de las Secretarías de Gobierno (Segob), Seguridad Pública (SSP), Salud (SS), Educación (SEV), Desarrollo Social (Sedesol) y del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
Además de la Fiscalía General del Estado, Instituto Veracruzano de las Mujeres, Procuraduría Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, el Consejo Estatal de Población y el Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, cada uno participando desde las áreas de su competencia, para sensibilizar, capacitar, dar asesoría y canalización de manera coordinada.
Asimismo, el Sistema de Alerta Temprana de Violencia Familiar, pretende identificar casos y personas en riesgo de violencia familiar, así como dar inicio al protocolo homologado interinstitucional para evitar los agravios, el cual estará activo los 365 días del año las 24 horas.
En el mismo sentido, se detallan los mecanismos eficaces de atención y apoyo a las personas receptoras de violencia familiar, además de señalar los perfiles especializados de quienes deberán atender estos casos de acuerdo a las “Reglas comunes aplicables a los procesos y procedimientos de violencia familiar”.
Finalmente, con el objetivo de evitar que se incurra en la violación de los derechos humanos durante los procesos que confieren a esta Ley, reglamentos y protocolos, se introdujo el recurso de la queja como un medio para la actuación de las y los servidores públicos que intervienen en la atención de violencia familiar.
La iniciativa fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y para la Igualdad de Género, para su estudio y dictamen.
Conformado por nueve capítulos, el proyecto plantea crear un Sistema de Coordinación Interinstitucional Protector de las Personas Receptoras y en Riesgo de Violencia Familiar, denominado Sistema de Alerta Temprana de Violencia Familiar.
Esta ley garantizará el derecho de los integrantes de la familia para que estos no sean restringidos de ninguna forma. Para ello, se creará el Consejo Estatal Prevención, Atención y Asistencia de la Violencia Familiar, presidido por Ejecutivo Estatal, así como por los titulares de las Secretarías de Gobierno (Segob), Seguridad Pública (SSP), Salud (SS), Educación (SEV), Desarrollo Social (Sedesol) y del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
Además de la Fiscalía General del Estado, Instituto Veracruzano de las Mujeres, Procuraduría Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, el Consejo Estatal de Población y el Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, cada uno participando desde las áreas de su competencia, para sensibilizar, capacitar, dar asesoría y canalización de manera coordinada.
Asimismo, el Sistema de Alerta Temprana de Violencia Familiar, pretende identificar casos y personas en riesgo de violencia familiar, así como dar inicio al protocolo homologado interinstitucional para evitar los agravios, el cual estará activo los 365 días del año las 24 horas.
En el mismo sentido, se detallan los mecanismos eficaces de atención y apoyo a las personas receptoras de violencia familiar, además de señalar los perfiles especializados de quienes deberán atender estos casos de acuerdo a las “Reglas comunes aplicables a los procesos y procedimientos de violencia familiar”.
Finalmente, con el objetivo de evitar que se incurra en la violación de los derechos humanos durante los procesos que confieren a esta Ley, reglamentos y protocolos, se introdujo el recurso de la queja como un medio para la actuación de las y los servidores públicos que intervienen en la atención de violencia familiar.
La iniciativa fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y para la Igualdad de Género, para su estudio y dictamen.