Por la vía del fast-track, el pleno de la Cámara de Diputados
aprobó con 265 votos a favor de Morena, PT, PES y Verde, una iniciativa del
coordinador de Morena, Mario Delgado, para generar un fondo emergente de hasta
180 mil 733 millones de pesos para que el gobierno Federal cuente con recursos
adicionales para enfrentar cualquier tipo de emergencia, como la pandemia del
coronavirus.

Esta reforma, que fue enviada al Senado de la República, se
adicionan la fracción IV Bis al Artículo 2 y el Artículo 37 Bis a la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

La modificación al artículo 37 Bis, describe que durante el
ejercicio presupuestal se presente una emergencia que pueda poner en riesgo a
amplios sectores de la sociedad o generar graves afectaciones a la economía, el
Ejecutivo Federal podrá solicitar autorización al Congreso de la Unión para
obtener recursos adicionales a través de una reducción de hasta el 100% de lo
que represente el balance primario positivo, calculado en los Criterios
Generales de Política Económica respectivos, para destinarlos al establecimiento
de un fondo para la prevención y atención de la emergencia, a efecto de mitigar
el impacto en la salud, la economía, la productividad, el consumo o el empleo.

Este fondo será ejercido y administrado por la Secretaría de
Hacienda, previa opinión favorable de un Comité Técnico que estará integrado
por al menos un representante de las secretarías de Salud, Economía,
Gobernación, Trabajo y Previsión Social, Seguridad Pública, Relaciones
Exteriores, Hacienda y Crédito Público y los que determine el titular del
Ejecutivo Federal.

Además, el Congreso de la Unión deberá resolver la solicitud
del Ejecutivo Federal a que se refiere el primer párrafo del presente artículo
en un periodo no mayor a 5 días hábiles a partir de su recepción. Transcurrido
el plazo sin que el Congreso emita resolución, se tendrá por aprobada la
solicitud.

En el artículo cuarto de la Ley Federal de Deuda Pública
permite al Ejecutivo gastar dichos recursos para “enfrentar emergencias
que puedan poner en riesgo a amplios sectores de la población o a la
economía”.

De manera paralela, también dan luz verde al gobierno
Federal para que contrate deuda pública cuando “se presenten emergencias
que puedan poner en riesgo a amplios sectores de la población o a la
economía”.

“Para el caso de emergencia señalado en el artículo 37
Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, cuando el
balance primario sea positivo, el Congreso de la Unión autorizará en un periodo
no mayor a 5 días hábiles la solicitud del Ejecutivo Federal para la obtención
de recursos financieros a efecto de mitigar los impactos negativos causados a
la salud, la economía, la productividad, el consumo o el empleo”, describe
la modificación al artículo 10 de la Ley Federal de Deuda Pública.

En el artículo segundo transitorio define que en el
ejercicio fiscal 2020, el Ejecutivo Federal podrá enviar al Congreso de la Unión
una propuesta para obtener montos adicionales de financiamiento que constituyan
el Fondo a que se refiere el Artículo 37 Bis de esta Ley por una cantidad
máxima de 180 mil 733 millones de pesos.

Y para la creación del Fondo para la Prevención y Atención
de Emergencias, en el ejercicio fiscal 2020, también podrán ser utilizados los
remanentes no ejercidos de las prerrogativas ordinarias de los partidos
políticos que hayan sido reintegrados a la Tesorería de la Federación.