La Fiscalía General de la República (FGR) en Veracruz obtuvo la vinculación a proceso de Danahé “N”, señalada por su probable participación en el delito de desocupación de domicilio fiscal, informó la dependencia federal.
De acuerdo con la FGR, el juez de Control del Centro de Justicia Penal Federal en Veracruz consideró suficientes los datos de prueba presentados por el agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Fiscalía Especializada de Control Regional (FECOR).
Como parte de la resolución, el juez otorgó dos meses para realizar la investigación complementaria.
¿Qué ocurrió con el domicilio fiscal?
La investigación comenzó a partir de una denuncia presentada por el apoderado legal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Veracruz.
Según la carpeta de investigación, Danahé “N”, quien se desempeñaba como representante legal de una empresa privada, habría desocupado el domicilio fiscal que tenía registrado ante la autoridad hacendaria después de que le fuera notificado un crédito fiscal.
La FGR señala que el cambio se habría realizado sin informar al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), situación que habría impedido que la autoridad fiscal pudiera llevar a cabo sus funciones de recaudación.
Por estos hechos, la FECOR inició las investigaciones correspondientes y posteriormente presentó los datos de prueba ante el juez federal.
Investigación continuará
Con la vinculación a proceso, la investigación no concluye. Durante los próximos dos meses, la autoridad ministerial podrá reunir y presentar mayores elementos relacionados con el caso.
La FGR recordó que Danahé “N” debe ser considerada inocente mientras no exista una sentencia condenatoria emitida por la autoridad judicial competente.
Cuál es el delito de desocupación de domicilio fiscal
El delito de desocupación de domicilio fiscal ocurre cuando un contribuyente abandona el domicilio que tiene registrado ante el SAT sin presentar el aviso correspondiente, especialmente cuando con ello impide que la autoridad fiscal pueda localizarlo y ejercer sus facultades.
En términos sencillos: una empresa o persona registra una dirección ante el SAT, pero después deja ese lugar y no informa oficialmente el cambio. Si la autoridad acude al domicilio y no puede localizar al contribuyente, puede configurarse una conducta penal bajo determinadas circunstancias.
El Código Fiscal de la Federación contempla esta conducta dentro de los delitos fiscales. La legislación establece, entre otros supuestos, que se considera que un contribuyente desapareció del domicilio fiscal cuando la autoridad acude en tres ocasiones consecutivas dentro de un periodo de 12 meses y no puede realizar la diligencia correspondiente.











