Iniciativa en Senado busca eliminar separación Estado-Iglesia
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El Senado turnó a las comisiones de Gobernación y Estudios
Legislativos una iniciativa de reforma a la Ley de Asociaciones Religiosas y
Culto Público que plantea eliminar de la norma el principio histórico de la
separación del Estado e Iglesias, en la que está fundada.
La iniciativa presentada el pasado 11 de diciembre por Soledad Luévano Cantú, senadora morenista por Zacatecas, propone modificaciones a la ley en materia de acceso a medios de comunicación, justificar la objeción de conciencia para abstenerse de actuar en aquello que contravenga a sus convicciones éticas y colaboración Estado-Iglesias en materia de desarrollo social, entre otros puntos.
Además, plantea que las autoridades municipales, estatales y
federales podrán asistir "en su carácter" a actos de culto público,
así como a las actividades que tengan motivos o propósitos similares, situación
prohibida por la ley vigente.
Pretende establecer que las organizaciones de culto puedan "usar en forma exclusiva, para fines religiosos, bienes propiedad de la nación y ofrecer asistencia espiritual en los centros de salud o de reinserción social, instituciones de asistencia social, estancias o estaciones migratorias, incluso en instalaciones de las Fuerzas Armadas", dice el texto.
Así, plantea cambios al primer artículo de la ley para eliminar la frase "principio histórico de la separación del Estado y las Iglesias". Propone que la ley esté fundada "en el derecho humano a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión".
La iniciativa prevé que se pueda justificar "motivos
religiosos" para evadir responsabilidades civiles y pretende que cualquier
persona pueda expresar sus creencias religiosas en asuntos con carácter social
y difundir las mismas "a través de cualquier medio de comunicación".
Mantiene la disposición de que las asociaciones religiosas
"no podrán poseer o administrar concesiones para la explotación de
estaciones de radio, televisión o cualquier tipo de telecomunicación",
excepto publicaciones impresas y digitales.
Pero garantiza que "las asociaciones religiosas podrán
transmitir o difundir mensajes para su promoción, así como actos de culto
religioso a través de cualquier tipo de medios masivos de comunicación. En
ningún caso éstos podrán difundirse en los tiempos de radio y televisión del
Estado".
La ley vigente establece que lo anterior sólo lo pueden
hacer, "de manera extraordinaria", previa autorización de la
Secretaría de Gobernación. Este precepto es eliminado de la propuesta que será
debatida en el próximo periodo de sesiones.
Plantea que en todo el país cualquier persona pueda
justificar objeción de conciencia para abstenerse de actuar en aquello
"que contravenga a sus convicciones éticas", y que sólo en caso de
que se trate de trabajadores del Estado, éste garantizará el acceso a derechos
humanos de terceras personas afectadas por la objeción de conciencia.
Aunque señala que el Estado no podrá establecer ninguna
preferencia por una religión, eso "no impedirá la colaboración entre éstas
y el gobierno para la promoción conjunta de desarrollo cultural y social".
Otro aspecto que pretende reformar la iniciativa es que el
Estado garantice el derecho a toda persona a "prestar servicios
voluntarios y contribuir con dinero o en especie al sostenimiento de cualquier
asociación religiosa".
Se busca garantizar el derecho a las organizaciones
religiosas para que la formación de sus asociados y ministros de culto tenga
validez oficial ante la Secretaría de Educación Pública.
La iniciativa mantiene que los ministros de culto no podrán
asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de
candidatos, partidos o asociaciones políticas.
Es decir, las asociaciones religiosas no podrán inducir a
sus fieles de manera expresa "a votar por un candidato o partido político,
o a no hacerlo por cualquiera de ellos, en los lugares destinados al culto, en
los locales de uso público o en los medios de comunicación".
La propuesta flexibiliza que el patrimonio de las órdenes
religiosas pase de ser "el exclusivamente necesario" a "el
necesario" para desempeñar sus labores.
Además, le resta funciones a la Secretaría de Gobernación
para poder autorizar la compra de bienes inmuebles a las organizaciones
religiosas, y sólo menciona que tendrán que darle aviso a la dependencia.
Y faculta a las autoridades para que brinden "el apoyo
necesario a las asociaciones religiosas, cuando así lo soliciten, para
preservar, salvaguardar, mejorar y conservar en su integridad dichos
bienes".
De igual manera facilita que las organizaciones de culto
puedan realizar eventos en lugares públicos sin tener que pedir permiso, sólo
notificando a la entidad federativa donde se vaya a realizar el evento, en un
plazo mínimo de cinco días hábiles.
Ante el rechazo que académicos y personajes de la sociedad
civil mostraron en redes sociales a la propuesta, el coordinador de Morena en
la Cámara Alta, Ricardo Monreal, dijo que "todas las voces serán
escuchadas" y que los senadores sólo "ejercen su derecho de
iniciativa, pero éste tiene que ser discutido en el grupo legislativo para su
aval.
"Así sucederá con la iniciativa presentada por la
senadora Soledad Luévano sobre libertad religiosa, sin precipitación ni
regresión, todas las voces serán escuchadas", señaló Monreal Ávila.
La senadora advierte que "la complejidad de la sociedad
y del contexto internacional que nos rodea exige un nuevo y respetuoso diálogo
intercultural, un reconocimiento más amplio de la libertad y también del
diálogo interreligioso".
Puntos destacados de la iniciativa:
Cambio al primer artículo de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público para eliminar la separación del Estado e Iglesias.
Se podría justificar motivos religiosos para evadir
responsabilidades civiles.
Podrán transmitir mensajes para su promoción y actos de
culto religioso a través de cualquier tipo de medio de comunicación.
No podrán poseer o administrar concesiones para la
explotación de los medios.
Propone que se pueda justificar objeción de conciencia para
abstenerse de actuar en aquello contrarios a sus convicciones éticas.
No impide la colaboración entre Iglesias y gobierno para la
promoción de desarrollo social.
Faculta a las personas a contribuir con dinero al
sostenimiento de cualquier asociación
Garantiza que la formación religiosa de sus ministros tenga validez oficial ante la SEP.
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